
Desde el Consejo General de Ingenieros Industriales lamentamos profundamente las pérdidas humanas provocadas por la explosión causada por un escape de gas que tuvo lugar en Madrid hace dos días, por eso nos parece oportuno recalcar algunos aspectos importantes en la adopción de medidas de seguridad en las instalaciones de calefacción.
Las instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria en edificios, al utilizar combustible para su funcionamiento, son susceptibles de poder sufrir accidentes. Los combustibles ya sean de carbón y biomasa, gasóleo o gas natural son sustancias inflamables.
Por ello se han de adoptar “medidas que eviten un vertido incontrolado y, en caso de que ocurriera, evitar que concurran las condiciones que permitan su combustión, de forma que se minimice cualquier posible riesgo para las personas y los bienes”, como apunta José Manuel Domínguez Cerdeira, miembro del Consejo General de Ingenieros Industriales.
EL MANTENIMIENTO CADA AÑO; LA INSPECCIÓN, CADA CINCO
En el caso de las instalaciones de gas natural se dispone de una normativa que rige tanto su diseño, instalación y puesta en marcha, así como el mantenimiento e inspecciones que deben realizarse a lo largo de toda la vida útil de la instalación. Esta normativa consiste en el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias, en particular la ICG 07, así como la UNE-60670-2014.
De acuerdo con estas normativas, las instalaciones de gas natural son instalaciones energéticas en edificios en las que la compañía distribuidora antes de dar suministro comprueba que todas las normativas se cumplen. Además, supervisa que se realice un mantenimiento periódico de las mismas cada año y una inspección periódica cada cinco años.
En relación con la seguridad en una instalación de gas para una sala de calderas centralizada, en el diseño, la normativa exige:
- Calidades de materiales y procedimientos de unión que eviten fugas.
- Condiciones mínimas a cumplir por el local donde se ubican las calderas
- Un sistema de detección de gas en la sala de calderas y una electroválvula de corte de gas, que detecte cualquier concentración de este combustible, siempre con una concentración mucho menor que la necesaria para que el gas se inflame y que si se detecta actúe la electroválvula de corte para evitar más aportación de combustible.
- Una correcta ventilación que asegure que cualquier vertido de gas se evacue fácilmente al exterior para evitar la concentración del mismo en recintos interiores (la sala de calderas). Hay que recordar que el gas natural es más ligero que el aire y, por tanto, a través de las ventilaciones superiores cualquier vertido se dispersa en el aire exterior.
- Las salas de calderas deben ser estancas del resto del edificio en el que se ubican, para evitar la filtración de una eventual fuga a otros recintos del mismo. Del mismo modo se evitan concentraciones no deseadas y no controladas)
En cuanto al mantenimiento e inspección, la propiedad es responsable de disponer de un contrato de mantenimiento anual de la sala de calderas y cada 5 años debe encargar una inspección de la instalación de gas a una empresa instaladora de gas autorizada y registrada en la comunidad autónoma correspondiente. Esta instaladora debe informar del resultado de la inspección a la compañía distribuidora de gas, la cual si esto no se cumple, realizará la inspección de oficio.
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Prensa
Consejo General de Ingenieros Industriales
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